Prórroga a la prohibición de cortes de servicios ante la falta de pago

El Gobierno Nacional extendió hasta el 31 de diciembre la prohibición de cortar los servicios públicos por falta de pago de las facturas, según el DNU 756/20 publicado el pasado domingo en el Boletín Oficial.

«Las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias, en caso de mora o falta de pago de hasta 7 facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020″.

Esta nueva prorroga extiende de 6 a 7 facturas impagas, sean consecutivas o alternas.

El DNU especifica «Si un usuario o una usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, se considerará a los efectos del presente, como una factura pagada”.

La norma también contempla el caso de usuarios y usuarias del sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no hubiesen abonado recargas para acceder al consumo y estira hasta el 31 de diciembre la obligación de los prestadores de «brindar un servicio reducido que garantice la conectividad».

↓↓ A quiénes alcanza la norma ↓↓

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