GANANCIAS Y BIENES PERSONALES | ¿Quiénes se encuentran obligados a presentar?

Desde ya hace varios años, la AFIP estableció que quienes tuvieran ingresos anuales brutos superiores a ciertos limites debían presentar las declaraciones juradas informativas de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Al mismo tiempo, quienes cumplan diferentes condiciones deberán presentar también declaraciones juradas determinativas, y en su caso efectuar el pago.

Las condiciones para estar incluidos en la obligación de presentar DDJJ informativas, son similares para ambos impuestos, mientras que para las determinativas hay una diferenciación.

Impuesto a las Ganancias

  • Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000 por el desempeño de cargos públicos, trabajo en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto.
  • Declaración jurada determinativa: quienes se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal y aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.

Además deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha. El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.

Impuesto sobre los Bienes Personales

  • Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000.
  • Declaración jurada determinativa: quienes estén inscriptos en el impuesto y aquellos ciudadanos cuyos bienes superen:

-Para el período 2016 $ 800.000

-Para el período 2017 $ 950.000

-Para el período 2018 $1.050.000

Mas info en www.afip.gob.ar/gananciasYBienes

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