MONOTRIBUTO: Desde enero se podrá recategorizar

La AFIP oficializó la nueva reglamentación del monotributo, con las modificaciones el organismo prevé la incorporación de 150.000 nuevos contribuyentes a los más de tres millones ya adheridos al régimen.

Entre otras medidas, la resolución general 3982 incorpora una categoría, la “A”, para quienes facturen hasta $84.000 anuales, quienes deberán pagar $787 por mes como aporte a la obra social y a la jubilación.

Además, permite el reingreso de los sujetos excluidos de oficio, o auto excluidos durante 2016, quienes no deberán esperar tres años, como hasta ahora.

Entre otras medidas, se modificaron los valores de los dos componentes del monotributo incrementado un 75% el Impuesto Integrado en toda la tabla, mientras que el Aporte Previsional comienza en $300, y aumenta 10% respecto a la categoría inmediata anterior, para hacer progresivo este parámetro.

El aporte a la obra social se mantendrá en los $419 pesos mensuales, informó la AFIP.

Tabla de Valores

Fechas clave del Monotributo:

10 de enero: A partir del próximo martes 10 de enero, los monotributistas podrán realizar los pagos y demás movimientos de este mes, como las presentaciones de las declaraciones juradas cuatrimestrales.

Para todos los que pagan la cuota mensual a través de medios electrónicos (VEP, Home Banking o tengan débito automático) la cuota de este mes se pagará a partir del 10 de enero con los nuevos valores que surgen de la reconversión de oficio o voluntaria.

31 de enero: a partir del 10 de enero, los monotributistas podrán recategorizarse, para arriba o para abajo, en forma voluntaria de acuerdo a los nuevos valores y, una vez efectuada esa recategorización, realizar el pago mensual que surge de su nueva categoría. Para la cuota de enero, hay plazo hasta el 31 de este mes.

30 de abril: Es la fecha límite para confirmar la categorización de oficio.

31 de mayo: Para los que pagan en bancos, Rapipago o Pago Fácil, si la entidad no adecuó sus sistemas de caja, la cuota se abonará a los valores de diciembre, y habrá plazo hasta el 31 de mayo para desembolsar la diferencia sin pagar intereses, ingresando a la página de la AFIP, siempre a partir del 10 de enero, con el número de CUIT, donde se podrá calcular el monto y generar los formularios correspondientes.

Además, los contribuyentes excluidos de oficio, por incumplimientos o por haber cometido alguna infracción, y los autoexcluidos por superar el tope que estaba vigente del Monotributo durante el año pasado tendrán una nueva oportunidad hasta el 31 de mayo para reinscribirse en este Régimen Simplificado, de acuerdo a la Resolución de la AFIP que será publicada hoy en el Boletín Oficial.

Septiembre: los parámetros y las mensualidades volverán a aumentar en forma automática por la variación de los dos últimos incrementos de movilidad previsional (de marzo y septiembre).

 

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