Redefinidos los requisitos para acceder al Crédito de Tasa Cero para monotributistas y autónomos

El 75% de los monotributistas se vio severamente afectado en su desempeño. En el caso de los autónomos, el 71% tuvo caídas en las ventas o en las compras.

MONOTRIBUTISTAS

– Se pueden encontrar alcanzados por el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia.

– No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. Esa situación es cuando por lo menos el 70% de su facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del Estado.

– No percibir ingresos por un trabajo en relación de dependencia

– No percibir una jubilación.

– Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de su categoría.

– No serán elegibles monotributistas con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

– Los beneficiarios no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la compra de dólares ni adquirir títulos valores en pesos para su venta en moneda extranjera (la modalidad de “contado con liquidación”) o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito.

AUTÓNOMOS

No encontrarse alcanzados por el beneficio del Ingreso Familiar de Emergencia.

– No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. Esa situación es cuando por lo menos el 70% de su facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de jurisdicciones o entidades del Estado.

– No percibir ingresos por un trabajo en relación de dependencia o una jubilación.

– Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020 haya caído respecto al monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019.

– No serán elegibles contribuyentes con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.

No estar adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo) ni ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

– Los beneficiarios no podrán acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total de crédito.

¿Cuál es el monto del Crédito a Tasa Cero que puedo solicitar?

El monto máximo del crédito que vas a poder solicitar depende de la categoría en la que estés inscripto, conforme al siguiente detalle:

 

¿Dónde me van a depositar el dinero?

El dinero te lo van a depositar en la tarjeta de crédito de tu titularidad que elijas.

Si no tenés tarjeta de crédito, podrás solicitar una en un Banco de forma remota, online y sencilla. También está previsto que puedas solicitar una «Cuenta a la vista para compras en comercios».

¿Me van a depositar todo el dinero todo junto?

No. El dinero se depositará en tu tarjeta de crédito en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Por ejemplo, si el crédito es de $ 150.000, te van a depositar en la tarjeta de crédito $ 50.000 durante tres meses.

¿Voy a poder realizar retiros en efectivo de mi tarjeta de crédito?

No. Desde el momento de la primera acreditación y hasta la total cancelación del Crédito a Tasa Cero no se pueden de obtener adelantos de efectivo con la tarjeta de crédito.

DATOS REALES

Según los datos oficiales, unas 2,3 millones de personas estarían en condiciones de acceder a estos créditos, entre monotributistas y autónomos. La mayor parte de estos beneficiarios corresponde a las categorías inferiores del monotributo: el 63% corresponde a monotributistas A y B (incluidos quienes percibieron el IFE) y C.

Por otro lado, se destacó que —de acuerdo a los datos de AFIP—, alrededor del 75% de los monotributistas vio “severamente afectado” su desempeño como consecuencia de la pandemia, lo que se refleja en caídas en las ventas o en las compras. En el caso de los autónomos, alrededor del 71% tuvo caídas en las ventas o en las compras.

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