El 26 de septiembre se celebra el “Día del Empleado de Comercio”, con el objetivo que todo el personal del sector puedan gozar de su día de descanso la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) en acuerdo con las Cámaras Empresarias del Sector, se estableció trasladar el feriado para el próximo lunes 28 de septiembre.
“Es importante destacar que nuestro día, reconocido por la ley 26.541 y ratificado en nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en su artículo 76, se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical (las del feriado)”, explicó el sindicato desde su página web.
“Esto implica que en caso de prestar servicio, deberás cobrar la remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual, es decir, ese día se abona doble”, aclaró.
En caso de que al empleado no le toque trabajar el 28, “el día se liquida como una jornada habitual”.
Por otro lado, el gremio recordó que el lunes 28 “no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal”.
Los locales que decidan abrir sus puertas deberán pagarles a sus empleados como si fuera un feriado, se aclaró desde una cámara empresarial.