El gobierno tiene un nuevo proyecto de Ley, donde modificarían el esquema de tributación que deberán respetar los 1.100.000 anotados en el régimen de pequeños contribuyentes a partir del 1 de septiembre próximo.
El proyecto confirma que se eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.
La iniciativa establece importantes aumentos en la cuota mensual a pagar. Se triplica el aporte jubilatorio mensual elevando el monto de $35 a $110.
El proyecto también prevé una actualización del monto que aportan los monotributistas a las obras sociales. El importe mensual destinado al sistema de salud asciende de $46,75 a 70 pesos.
Los nuevos esquemas a tener en cuenta por los monotributistas son:
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Fuente: Infobae.com
Al comenzar un negocio, si el mismo es pequeño, o unipersonal, deberemos inscribirnos en la AFIP como monotributistas, y ante Rentas por Ingresos Brutos.
En este artículo, te presentamos una guía simple para realizar estos trámites fácilmente.
En primer lugar, debemos conocer que en la Argentina se ha simplificado el régimen de pago de impuestos, debiendo pagarse una suma fija por mes, y no un proporcional de lo facturado, en la medida que se trate de personas físicas o sociedades de hecho con no mas de tres socios y los ingresos anuales sean inferiores o iguales a la suma de $ 200.000 para el caso de locaciones y/o prestaciones de servicios ó de $ 300.000. Si se trata de ventas de cosas muebles deben tener en cuenta que el precio unitario de venta de cosa mueble no podrá superar el valor de $ 2.500. Además, cuando excedan de los $ 200.000 hasta los $ 300.000 deberán cumplir con el requisito de cantidad mínima de empleados en relación de dependencia.
Los otros parámetros que se deben cumplir son los de superficie afectada a actividad, energía consumida y alquileres a pagar .No se debe superar los siguientes importes detallados a continuación:
1 – Superficie afectada 200m2
2 – Energía consumida 20.000 KW
3 – Alquileres $ 45.000.-
Asimismo no se debe ser importador de cosas muebles y/o de servicios para inscribirse en el régimen y no se debe poseer más de 3 unidades de explotación o realizar más de 3 actividades simultáneas.
En el caso que se superen estos parámetros o tenga alguna causal de exclusión arriba detalladas o se trate Sociedades Anónimas o SRL, quedan excluidos de los regímenes simplificados y tributarán IVA e Impuesto a las Ganancias (AFIP) y un porcentaje sobre lo facturado para el Impuesto a los Ingresos Brutos (Rentas) Existe un rango de categorías, dependiendo de los ingresos del negocio, que deberemos ajustar cada vez que sea la fecha de recategorización, en base a la facturación de los últimos 12 meses inmediatos anteriores al mes de recategorización y también siempre se deben tener en cuenta por dichos períodos los otros parámetros (superficie, consumo de luz , precio unitario y monto de alquileres abonados).
Esto aplica tanto a monotributo como a Ingresos Brutos, que también se ha simplificado, al menos en Capital Federal, con la diferencia que el monto máximo de facturación anual para poder estar en el Régimen es de $144.000
Lo primero que se debe hacer es ir al a agencia de AFIP que nos corresponda por domicilio (se deberá verificar en la web cuál nos corresponde).
Ahí nos van a entregar unos formularios que debemos completar adjuntando: original y copia de DNI, y original y copia de dos comprobantes de domicilio (desde donde se va a desarrollar la actividad). Lo más seguro es llevar el certificado de domicilio que emite la Policía Federal, y una factura a nombre del interesado que llegue al domicilio (puede ser el resumen de la tarjeta de crédito, por ejemplo).
Pasando por dos ventanillas, nos iremos de la AFIP con el CUIT dado de alta y la Clave de acceso al sitio de la AFIP, desde donde haremos el trámite de alta del monotributo (se realiza sólo por la web). Se deberá consignar la categoría con la que empezamos (la mínima es por una facturación de $12000 anuales, y se pagan $92) y la Obra Social que elegimos. Sería recomendable tener elegida la obra social de antemano, para encontrarla más rápido.
De esta operación, van a salir dos comprobantes que se deben imprimir. Uno es la credencial de monotributo, que uno puede plastificar, y el otro es un formulario que se debe llevar a la obra social para darse de alta. La credencial se deberá presentar para realizar el pago mensual, y cada vez que nos atendamos por obra social (por lo general piden el último recibo de pago también).
Una vez inscriptos en el monotributo de afip, procede la inscripción en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (para contribuyentes que desarrollen su actividad en Capital Federal únicamente) o en ARBA para contribuyentes de provincia
Se debe tener en cuenta el Monotributo vence los días 7 de cada mes y se abona mes en curso (por ejemplo en febrero se paga el mes de febrero) , mientras que Ingresos Brutos se abona a partir del día 20 dependiendo de la terminación del cuit y es por mes vencido (por ejemplo en febrero se paga enero).
Una vez que tenemos las credenciales de Monotributo y de Ingresos Brutos, nos resta ir a una imprenta a mandar a hacer las facturas. Las imprentas suelen tener modelos de facturas, pero es importante llevar pensado qué queremos que figure, para acelerar el trámite. Se puede poner el nombre del negocio, o el nombre del titular, o ambas cosas. También se puede colocar teléfono, dirección, y sitio web. Deben figurar los datos de Ingresos Brutos y Monotributo, por lo que siempre solicitan las credenciales. La impresión de facturas es de bajo costo, y hacen descuento por cantidad.
Con esto terminamos todos los trámites, pero hay que estar antentos a las fechas de recategorización, y montos facturados para no tener inconvenientes
Saludos Estudio Profesional
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A partir de Enero 2010 se aplico la roforma en monotributo que modifica tanto el aporte jubilatorio como el de obra social.
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hola ahora que se viene el verano voy a hacer un laburo por 2 meses en este caso como hago como me inscribo no me voy a poner como mt por 2 meses alguien me puede contestar por favor?arregle la casa de mis abuelos y voy a dar alojamiento a chicos que vienen de veraneo a la zona gracias
¿se jubiló como monottributista? en ese caso deberá pagar solamente el componente impositivo del MT según la categoría en la que estaba encuadrado.
Por ejemplo: Cat «A»: $ 33
Ya me jubile y sigo trabajando,¿ tengo que incluir el aporte de 110$ por Seguridad Social? ;los 70 de asistencia social no los pago porque me obligaron a renuciar a mi obra social para inscribirme al PAMI. espero respuesta ,Muchas Gracias…….
Hola, al igual que Verónica más arriba, les pido si me podrían enviar la resolución que modifica la ley de monotributo y a partir de cuando se aplica.
Muchísimas gracias
buenos dias quisiera que me envien la resoucion que modifica la ley MT , y la fecha en que la misma va a salir, desde ya muchas gracias.