Los kioscos de diarios y revistas ahora podrán incorporar bebidas sin alcohol, pasajes, lotería, librería entre otros

kiosco de diarios y revistas
Redacción: infokioscos®

Desde noviembre, los kioscos de diarios y revistas tienen la autorización para incoporar nuevos productos para la venta que van mas alla de los tradicionales diarios y revistas.

La resolución 1481/2023 del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial, es la responsable de esta nueva medida, la cual busca abordar la crítica situación que atraviesan los titulares de paradas y repartos, afectados por los avances tecnológicos que impactan en el sector.

Dentro de los productos ahora permitidos en los kioscos de diarios se incluyen material didáctico y pedagógico de todos los niveles escolares, artículos de librería esenciales que forman parte de la canasta básica escolar nacional, artesanías, manualidades, recuerdos turísticos, pasajes y tickets para transporte público, bebidas sin alcohol, servicios de cafetería, juegos de azar y loterías, artículos de higiene personal desechables y elementos relacionados con la seguridad vial de peatones y ciclistas.

Además, la resolución respalda la comercialización de productos destinados a la protección del medio ambiente, como pilas, baterías y encendedores, promoviendo así prácticas de desarrollo sostenible. Es crucial destacar que, a pesar de esta diversificación, la exhibición, venta y distribución de diarios y revistas seguirá siendo la actividad principal de estos establecimientos.

Adicionalmente, se insta a los titulares de kioscos a incorporar políticas ambientales, de economía circular y sustentable a través del sistema de regulación de venta y distribución, al tiempo que se promueve la participación en programas de empleo verde, orientados a trabajadores asalariados, independientes o de unidades autogestivas, ya sea de manera individual o asociativa.

PUNTO POR PUNTO LOS PRODUCTOS QUE PUEDEN VENDER LOS KIOSCOS DE DIARIOS Y REVISTAS

  • Material didáctico y pedagógico de nivel escolar inicial, primario, medio y superior.
  • Artículos de librería que componen la canasta básica escolar nacional.
  • Artesanías, manualidades, artículos regionales y recuerdos turísticos (monederos, billeteras, mapas, planos y guías de servicios de todo carácter, accesorios, merchandising oficial de distintas instituciones y suvenires religiosos, artísticos y deportivos).
  • Venta y expendio de pasajes y tickets para viajar en autobús, trasportes locales, urbanos e interurbanos y/o packs turísticos.
  • Expendio de bebidas no alcohólicas, incluye servicios de cafetería.
  • Expendio, promoción y circulación de juegos de azar y loterías autorizados en formato físico o virtual, en el marco de las regulaciones locales.
  • Artículos de higiene personal descartable (pañuelos, barbijos, guantes, etc.), artículos básicos de atención integral didáctico, terapéutico y lúdico y aquellos relacionados a la seguridad vial de peatones y ciclistas.
  • Expendio y recolección de pilas, baterías, encendedores y demás materiales con el objetivo de la protección del medioambiente y la práctica de desarrollo sostenible.