
Desde las 8 de la mañana de este sábado 25 de octubre rige en todo el país la veda electoral de cara a las elecciones nacionales 2025, que se celebrarán este domingo 26 de octubre. La medida implica una serie de restricciones para candidatos, partidos políticos, comercios y ciudadanos, que se mantendrán vigentes hasta tres horas después del cierre de los comicios.
De acuerdo con el Código Electoral Nacional, durante la veda no se pueden realizar actos de campaña, difundir encuestas, ni publicar sondeos electorales hasta las 21 del domingo, momento en que se habilita la difusión de los primeros resultados oficiales.
🍷 Hasta qué hora se puede vender alcohol
Según lo dispuesto por los artículos 71 y 136 del Código Electoral Nacional, la venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20:00 del sábado 25 de octubre y hasta las 21:00 del domingo 26, es decir, tres horas después del cierre de los comicios.
Artículo 136. – Se impondrá prisión de quince días a seis meses a quienes expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Durante ese lapso, bares, restaurantes, supermercados y kioscos no podrán vender alcohol. Los bares podrán funcionar hasta la medianoche del sábado, pero sin expendio de bebidas alcohólicas, mientras que los boliches bailables no podrán abrir durante toda la jornada electoral.
Artículo 71. – Queda prohibido tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
🚫 Otras prohibiciones durante la veda electoral
Además de las restricciones políticas, la veda electoral incluye otras medidas que impactan en la vida cotidiana y en las actividades sociales. Estas son algunas de las prohibiciones vigentes:
- Venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado.
- Actos públicos de campaña o cualquier tipo de proselitismo.
- Publicación o difusión de encuestas o sondeos preelectorales.
- Espectáculos públicos —tanto al aire libre como en lugares cerrados— que no estén vinculados al proceso electoral.
- Apertura de locales partidarios a menos de 80 metros de las mesas de votación.
- Reuniones de electores o depósito de armas en viviendas cercanas a los centros de votación.
- Toma de fotografías de la Boleta Única Electrónica al emitir el voto.
- Difusión de proyecciones de resultados hasta tres horas después del cierre de los comicios.
📅 Cuándo termina la veda
La veda electoral finalizará el domingo 26 de octubre a las 21:00, momento en que también podrán volver a abrir los locales gastronómicos y bares para la venta de alcohol, y los medios podrán comenzar a difundir los primeros datos oficiales del escrutinio provisorio.
