A partir de hoy, en todo el país rige la veda electoral por las elecciones Generales del próximo domingo en las que se elegirán los candidatos a presidente, gobernadores, y intendentes.
Esta veda está reglamentada por el Código Electoral Nacional que detalla las prohibiciones para este periodo, y de las cuales una de ellas afecta a los kioscos, y establece lo siguiente:
Está prohibida la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado el acto electoral (esto incluye restaurantes, bares, cafés, maxi-kioscos, supermercados, almacenes, vinotecas, etc).
Esto implica, que entre las 20 hs. del día sábado 24/10/15 y las 21 hs del 25/10/2015, los kioscos no podrán vender bebidas alcohólicas.
Otras prohibiciones:
►Bares/Comedores/Casino/ Locales de entretenimiento nocturno
De acuerdo a lo detallado, podrán abrir sus puertas bares y restaurantes, en tanto el Casino y los locales de entretenimiento nocturno sólo podrán funcionar hasta las 5 de la mañana del domingo 19, y se determinó que podrán reanudar las mismas actividades, de manera normal, ese mismo día a las 21.
► Reuniones masivas:
Durante el período en que se desarrolle la elección -desde las 8 a las 18 del domingo- queda prohibida la realización de reuniones en ámbitos cerrados y espectáculos al aire libre de acuerdo a lo que especifica el artículo 71 inciso b del Código Electoral Nacional, Ley Nº 12.080: “Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado”.
►Cines:
No se permitirá el funcionamiento de salas de cines
► Sin campaña
Los partidos políticos tienen prohibido realizar actos y publicidad políticas desde el viernes a las 8 hasta que cierre la elección. Los mismos no pueden abrir los locales partidarios si se encuentran a ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos.
►Encuestas
Se prohíbe publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre los resultados de la elección durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.
► Redes sociales
A diferencia de lo que sucede con los medios masivos de comunicación, Twitter y Facebook no están alcanzados por la veda electoral, es decir, que estas dos redes sociales no están reguladas en el control de la difusión de datos en las 48 horas previas a los comicios. Sin embargo, si se aplica la prohibición en YouTube.
►Votantes
Los electores no pueden portar de armas, usar de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
►Entrega de boletas
No se podrá entregar boletas de sufragio «dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino».
El eventual incumplimiento de esa normativa, dará lugar a que la Secretaría de Control corra vista de lo actuado a la justicia interviniente, a fin de que aplique las sanciones previstas en el artículo 136 del Código Nacional Electoral.