RECATEGORIZACIÓN | En mayo será opcional, en julio obligatoria

Antes

Hasta la Reforma Tributaria, el monotributo tuvo un régimen de recategorización cuatrimestral, que exigía a los contribuyentes evaluar los parámetros de sus actividades, en base a los datos de los 12 meses anteriores a la fecha de recategorización, y en caso de que sus parámetros aumentaran o disminuyeran, deberían proceder a categorizarse en la nueva categoría. Este procedimiento se debía realizar en los meses de enero, mayo, y septiembre de cada año.

Ahora

Luego de la Reforma Tributaria, este esquema pasó a ser semestral, por lo que los contribuyentes deben cumplir con la obligación 2 veces al año, en los meses de julio y enero.

Situación actual

La Reforma Tributaria entró en vigencia desde el 1 de enero de 2018, pero las reformas aplicadas al monotributo tienen una vigencia especial a partir del 1 de junio.

Por lo tanto, en mayo 2018 sigue vigente la normativa anterior a la Reforma Tributaria por lo que los monotributista se encontrarían obligados, en caso de corresponder, a realizar la recategorización en mayo y 2 meses después en julio por la nueva normativa, lo que requerirá de duplicar el procedimiento ya que el cuatrimestre queda subsumido en el semestre.

Cómo recategorizar mi monotributo

Para aclarar esta situación, AFIP dispuso a través de la Resolución General 4235 que la recategorización de mayo es opcional, y se considerará cumplida en término siempre y cuando el contribuyente proceda a efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio 2018, en el mes de julio.

 

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