VEDA ELECTORAL | Hasta qué hora se puede vender alcohol en kioscos

Comenzó la veda electoral en todo el país previo a las elecciones las PASO este domingo.

En lo que respecta a actividades estrictamente políticas, el Código Electoral Nacional restringe a los candidatos de realizar declaraciones y actos proselitistas hasta el cierre de los comicios. Tampoco se pueden publicar ni difundir encuestas hasta las 21:00 del domingo.

Sin embargo, según el artículo 71 y 136 del Código Electoral Nacional, la veda establece otra serie de prohibiciones que afectan a kiosqueros y rubros afines.

Hasta qué hora se puede vender alcohol en kioscos

La veda rige desde el sábado a la hora 20 y hasta el domingo  transcurridas tres horas del cierre de  los comicios, es decir a la hora 21.

Artículo 136. – Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.

Los bares trabajarán hasta las 24 horas y no habrá boliches bailables. Desde las 0 del domingo y hasta las 21 de ese día no podrán estar abiertas «las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas», sean mercados, restaurantes o bares, como dicta el artículo 71.

Artículo 71. – Prohibiciones. Queda prohibido: c) Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.

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