Comenzó la veda electoral en todo el país previo a las elecciones las PASO este domingo.
En lo que respecta a actividades estrictamente políticas, el Código Electoral Nacional restringe a los candidatos de realizar declaraciones y actos proselitistas hasta el cierre de los comicios. Tampoco se pueden publicar ni difundir encuestas hasta las 21:00 del domingo.
Sin embargo, según el artículo 71 y 136 del Código Electoral Nacional, la veda establece otra serie de prohibiciones que afectan a kiosqueros y rubros afines.
Hasta qué hora se puede vender alcohol en kioscos
La veda rige desde el sábado a la hora 20 y hasta el domingo transcurridas tres horas del cierre de los comicios, es decir a la hora 21.
Artículo 136. – Expendio de bebidas alcohólicas. Se impondrá prisión de quince días a seis meses, a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
Los bares trabajarán hasta las 24 horas y no habrá boliches bailables. Desde las 0 del domingo y hasta las 21 de ese día no podrán estar abiertas «las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas», sean mercados, restaurantes o bares, como dicta el artículo 71.