MONOTRIBUTO UNIFICADO | Se incorpora Río Negro

El monotributo unificado prevé que los pequeños contribuyentes paguen de una sola vez la carga impositiva que les corresponda por el sistema nacional, la de Ingresos Brutos y las tasas municipales.

El sistema rige en Córdoba desde mediados del 2018 y en Mendoza, Entre Ríos desde enero y Jujuy desde agosto. El pasado 24 sde septiembre AFIP dió a conocer que la provincia de Río Negro se incorpora al sistema.

Aquellos ciudadanos adheridos al Monotributo que también estén alcanzados por Ingresos Brutos de la Provincia de Río Negro, quedan alcanzados por el Sistema Único Tributario. De esta manera abonarán en un pago único todas las obligaciones tributarias.

Adhesión

Quienes se adhieran al Monotributo y tengan domicilio fiscal en Río Negro, deberán declarar su condición frente al impuesto sobre los ingresos brutos para incluirse en el Monotributo provincial. Para adherirse deberán ingresar con clave fiscal al portal Monotributo, opción alta de Monotributo.

Pago

La cuota unificada se pagará a través de los medios de pago habilitados para el Monotributo, que son:

Internet: ingresando con clave fiscal y generando un volante electrónico de pago –VEP- desde el servicio con clave fiscal CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos.

Banca electrónica: homebanking Link, pagomiscuentas de la red Banelco.

Débito automático en cuenta bancaria.

Tarjetas de crédito.

De abonarse todas las cuotas de un año mediante débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, se reintegrará el importe correspondiente a una cuota del impuesto integrado.

Categorización y recategorización

Si AFIP realizara una recategorización de oficio también implicaría la recategorización de oficio en el Monotributo provincial. Esto será así siempre que no signifique la exclusión del régimen por superar los parámetros previstos por la normativa local para las categorías existentes.

Modificación de datos

Se realizará a través del portal Monotributo y el ciudadano deberá informar la modificación dentro de los 10 días en que se produjo. Si la modificación recae sobre la actividad económica declarada ante AFIP, se evaluará sistémicamente si corresponde modificar la condición frente al Impuesto sobre los ingresos brutos.

Baja

La baja en el Monotributo por fallecimiento, el cese de actividades o la renuncia, también representa la baja en el impuesto sobre Ingresos Brutos.

Fuente: AFIP

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