Esta semana se votará en Diputados.
La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados logró el quórum de todas las fuerzas políticas que la integran y con 48 votos favorables -20 de ellos en disencias parciales- se aprobó el dictamen de comisión y la semana entrante se podrá debatir el proyecto de ley que envió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que modifica el estado de situación de monotributistas que deberían pasar al régimen de autónomos y que acumularon una exuberante deuda en estos meses de recesión.
Luego de aclarar que este no es un proyecto de reforma del monotributo, sino que lo que trata es “de una manera compleja y difícil de comprender generar una suerte de puente de plata o un aterrizaje suave entre el régimen simplificado, que a esta altura ya es un régimen no simplificado por la complejidad que ha adquirido, al Régimen General. O el monotributista está pagando un impuesto muy barato o el contribuyente del Régimen General está pagando demasiado caro, pero hay un salto tan abrupto de un régimen al otro que esto alienta lo que se conoce como enanismo fiscal. Es urgente un proyecto que haga más fácil el pase al Régimen General”, afirmó un diputado.
El legislador también señaló que piden que las nuevas escalas de valores de monotributo que se aprueban con vigencia a partir del primero de enero “se actualicen no por la evolución del haber medio previsional sino por el IPC”, es decir se actualicen por inflación.
CUÁNDO COMENZARÍAN A REGIR LOS CAMBIOS
Luego hizo referencia a que se hicieron agregados con los que estaban de acuerdo “porque dan alguna flexibilidad a la AFIP para que pueda reglamentar los plazos. Estamos hablando de una actualización que va a correr a partir del primero de enero, teniendo en cuenta que seguramente la ley tendrá sanción definitiva en abril, con lo cual habrá que adecuar algunos plazos. Pero no debería dársele a la AFIP una facultad de decir hasta cuándo va a poder adecuar la categoría, porque sería bueno que eso lo diga la Ley, que según nuestro punto de vista debería ser hasta la próxima recategorización obligatoria que corresponde hacerla en julio próximo. Sería una buena oportunidad para que ahí se blanquee todo lo que pudo haber pasado desde el primero enero hasta ese momento y que no se pudo cumplir por la no vigencia de una ley como la que estamos tratando”.
En el primero de los casos el proyecto de ley establece que a aquel monotributista que se haya pasado hasta un 25% de la facturación se le va a ofrecer la oportunidad de volver a la categoría del monotributo. En el caso de que el exceso de ese 25% sea anterior al 31 de diciembre de 2020, va a poder computar 50% del crédito fiscal presunto.
Si así fuese, para un monotributista que se pasó en un 40% la ecuación quedaría con que sin esta norma deberá afrontar una deuda de 1.360.000 pesos pero que, de aprobarse, deberá enfrentar un pago de 649.882 pesos.