El impacto visual que tienen las publicidades de comida en las calles puede interferir en los hábitos alimenticios de las personas, y sobre todo de los más chicos. Por eso, un proyecto de ley busca limitar la difusión en carteles y folletos de los alimentos nocivos para la salud, es decir los que tienen contenidos altos en azúcar, sal y grasas.
“La publicidad de alimentos es uno de los factores que influye en el desarrollo de la obesidad infantil, ya que impacta en la elección de alimentos, los pedidos de compra y sus patrones de consumo”, argumentó María Inés Gorbea (SUMA+), la autora de la iniciativa.
Si bien la propuesta es que el Ministerio de Salud porteño seleccione cuáles son aquellos alimentos que tienen “elevados contenidos de calorías, grasas, azúcares, sal u otros ingredientes que el reglamento determine”, el proyecto menciona a los yogures, mermeladas, chocolates y bebidas energizantes, entre otros productos.
Según el texto presentado en la Legislatura, la Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC) advirtió que el 80 por ciento de los alimentos publicitados tienen alto contenido en grasas, azúcares y sodio, mientras que un 85 por ciento es de bajo valor nutritivo. También se constató que un tercio de las publicidades incentiva la compra a través de regalos o premios y que uno de cada cuatro avisos tiene una figura famosa para atraer al público infantil.
En este punto el proyecto es claro: se prohibirá también que los alimentos destinados para chicos (por ejemplo golosinas, snacks, gaseosas y galletitas dulces) tengan dibujos animados, figuras del deporte, promociones con juguetes o cualquier tipo de incentivo para que los consuman.
“En la Ciudad de Buenos Aires, cuatro de cada diez chicos presenta exceso de peso”, informó Gorbea. “Se calcula que la obesidad infantil se ha triplicado en los últimos 30 años”, agregó la legisladora.
Aquellas compañías que violen la norma serán multadas, y el dinero recaudado se invertirá en campañas de prevención contra la obesidad infantil.
La ley contra el tabaco Un proyecto de características similares se reglamentó en mayo de 2013 con respecto a las publicidades de cigarrillos. La ley establece en su artículo 5 la prohibición de “la publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación”. Sólo restringe la publicidad a carteles en los puntos de venta habilitados, en referencia a los kioscos.
Esta ley llegó un año después de que se aprobara la prohibición de fumar en cualquier espacio cerrado con acceso público, incluyendo bares, restaurantes, salas de fiestas, locales bailables, cajeros automáticos, colectivos, estaciones de subte y shoppings.
Fuente: La razon