En el contexto del 2020 las tabacaleras tuvieron que cerrar su producción desde el 20 de marzo pasado, cuando se resolvió el aislamiento social, preventivo y obligatorio en Argentina hasta mediados de mayo.
Desde ese momento, tanto los kioscos como tabacaleras y distribuidoras fueron ofreciendo el stock remanente, hasta que llegó el día en que no había mas cigarrillos y el precio llegó a triplicar el valor habitual.
En este contexto y ante la imposibilidad de las tabacaleras de producir, la AFIP felxibilizó las normas de importación de esos productos hasta el 30 de septiembre, a través de la Resolución General 4715/202, publicada en el Boletín Oficial.
«Disponer, con carácter de excepción, que hasta el 30 de septiembre de 2020 inclusive, podrán utilizarse instrumentos fiscales de control de color azul para el expendio de cigarrillos importados en los casos previstos por el punto 1 del inciso b) del artículo 7° de la Resolución General N° 2.445, su modificatoria y complementaria». «Asimismo, deberán contener sobreimpresa la leyenda IMPORTADO».
En ese sentido, la AFIP admitió que “como alternativa para no desabastecer al mercado local, las citadas empresas están recurriendo a la importación de cigarrillos, por lo que requieren cantidades inusuales de instrumentos fiscales de control rojo”.
Por lo tanto y ante las reiteradas consultas a Infokioscos, si tenés un paquete de cigarrillos que dice IMPORTADO es válido. Cabe que destacar que no todos las variedades son importadas y que ya se restableció la producción de las tabacaleras, además que sigue vigente Resolución hasta el 30 de septiembre.