La AFIP prorroga nuevamente la suspensión de la baja del sistema de los monotributistas por falta de pago en SEPTIEMBRE, a través de la resolución general 4825/2020.
El plazo se extiende hasta el 1 de octubre, dejando así, fuera de computo el mes de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y ahora septiembre, que podría extenderse según la situación amerite.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga 10 cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que septiembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Sin embargo existen otras situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.