A tavés de la Resolución 87/2024, el Gobierno estableció nuevas medidas y obligaciones para brindar mayor seguridad siobre las compras con tarjetas de débito y cedito.
A partir de ahora los comercios que vendan con tarjetas de crédito o débito, no podrán manipular los plásticos del cliente, y deberán poner a disposición del consumidor las terminales electrónicas de pago (POS) con el fin de que «en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación».
Asimismo, ya no será necesario presentar el DNI u otro documento para acreditar identidad. Con la simple pocesión de la tajeta se podrá efectuar la compra.
El texto completo de la norma es el siguiente:
ARTÍCULO 1º.- Todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del Artículo 1° de la Ley N° 25.065 y sus modificaciones, y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación.
ARTÍCULO 2º.- Las infracciones a la presente resolución será sancionadas con base en las penalidades previstas en el Artículo 47 de la Ley N° 24.240 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 3°.- Establécese un plazo de adecuación de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su entrada en vigencia, a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.