La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó un nuevo régimen que permite regularizar deudas aduaneras, impositivas y de seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024. Este plan ofrece la posibilidad de pagar en cuotas y condonar multas e intereses.
¿Quiénes se benefician?
- Monotributistas
- Micro y pequeñas empresas
- Entidades sin fines de lucro
Se podrán pagar las deudas en hasta 84 cuotas y condonar el 100% de las multas.
Plazo para adherirse
- Hasta el 13 de diciembre de 2024.
Tipos de deudas incluídas
Los contribuyentes podrán incluir en el plan de regularización:
- Obligaciones en discusión administrativa o judicial.
- Causas en trámite judicial.
- Deudas prescriptas.
- Obligaciones derivadas del Aporte Solidario.
- Deudas de agentes de retención y percepción.
Tipos de planes de pago
Los planes de pago están divididos en dos tipos:
- Planes de hasta 3 cuotas mensuales
- Condonación de intereses: 70% a 50% (según el momento de la solicitud).
- Tasa de interés: Definida según el tipo de contribuyente.
2) Planes a más largo plazo
- Condiciones: Dependen de la categoría del contribuyente.
- Beneficios adicionales: Facilidades para monotributistas, micro y pequeñas empresas, y entidades sin fines de lucro.
Porcentaje de Condonación de Intereses
Momento de adhesión | Condonación de intereses Resarcitorios / Punitorios | Modalidad de regularización |
---|---|---|
Primeros 30 días | 70% | Pago al contado o hasta 3 cuotas |
Entre días 31 y 60 | 60% | |
Entre días 61 y 90 | 50% | |
Dentro de los 90 días | 40% | Mediante un plan de pago |
A partir del día 91 | 20% |
Detalles de los Planes de Pago
Tipos de contribuyentes | Cantidad máxima de cuotas | Porcentaje del pago a cuenta |
---|---|---|
Personas humanas y sucesiones indivisas (excepto pequeños contribuyentes, Micro y Pymes) | 60 | 20% |
Micro y Pymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro | 84 | 15% |
Medianas Empresas Tramos 1 y 2 (excepto personas humanas y sucesiones indivisas) | 48 | 20% |
Resto de los contribuyentes | 36 | 25% |
Beneficios adicionales
- Suspensión de acciones penales: Tributarias, aduaneras y de seguridad social en curso.
- Condonación de multas: 100%.
- Reducción de honorarios: 50% en deudas en discusión administrativa o judicial.
Requisitos para adherirse
- Presentar declaraciones juradas originales o rectificativas de las obligaciones.
- Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) para el débito automático de las cuotas.
- Poseer un Domicilio Fiscal Electrónico.
Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” y seleccionar la opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. El importe mínimo de cada cuota será de $2.000 y vencerán el día 16 de cada mes.
Caducidad del plan
La caducidad del plan implicará:
- Reanudación de la acción penal tributaria, aduanera o de seguridad social.
- Habilitación para que AFIP promueva la denuncia penal correspondiente.
- Reinicio del cómputo de la prescripción penal tributaria, aduanera o de seguridad social.
Este régimen es parte de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”.
Este artículo es solo informativo y no reemplaza el asesoramiento profesional. Aunque contamos con la orientación de un contador, recomendamos consultar a un profesional para situaciones específicas. Agradecemos tu comprensión y te animamos a tomar decisiones bien informadas.