El Día del Empleado de Comercio se celebra cada año en Argentina para reconocer a los trabajadores del sector. Este día fue establecido por la Ley 26.541 en 2009, y permite que los empleados de comercio tengan un descanso, ya que el feriado es «asimilado a los feriados nacionales a todos los efectos legales».
¿Cuándo se celebra en 2024?
Aunque normalmente el Día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, en 2024 los sindicatos lograron trasladarlo al lunes 30 de septiembre. Esto permite que los trabajadores disfruten de un fin de semana largo.
¿Qué locales estarán cerrados en el Día del Empleado de Comercio?
Durante este día, la mayoría de los comercios permanecerán cerrados. Esto incluye:
- Supermercados
- Hipermercados
- Comercios mayoristas
- Shoppings
- Comercios minoristas
La Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) aclara que todos los trabajadores que desempeñen actividades en cualquier rama del comercio o en actividades civiles con fines de lucro deben respetar este día.
¿Cómo se PAGA si se trabaja?
La Ley 26.541 establece que, al tratarse de un feriado nacional, aquellos empleados que trabajen el Día del Empleado de Comercio deberán recibir el doble de su salario habitual. Esto está determinado por la Ley de Contrato de Trabajo. Además, el feriado no puede ser considerado como un franco compensatorio del descanso semanal.
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¿Qué negocios NO cierran?
No todos los rubros están afectados a este feriado. Entre los establecimientos que estarán abiertos el Día del Empleado de Comercio se encuentran:
- Estaciones de servicio
- Bancos y entidades financieras
- Comercios gastronómicos (bares y restaurantes)
Historia del Día del Empleado de Comercio
La fecha del 26 de septiembre tiene un significado histórico. Fue el día en que se sancionó la ley 11.729, en 1934, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Esta ley otorgó derechos laborales importantes al sector, como:
- Indemnización por despido
- Licencia por enfermedad y accidentes
- Vacaciones pagas
- Aguinaldo
- Regulación por accidente de trabajo
- Licencia por embarazo