La LEY DE ETIQUETADO DE ALIMENTO logró media sanción

En medio de una extensa sesión, el Senado le dio este jueves por la noche media sanción al proyecto de ley de Etiquetado de Alimento, que ahora deberá ser tratado en la Cámara de Diputados. La iniciativa fue aprobada en el recinto por amplia mayoría, con 64 votos a favor, 3 en contra y ninguna abstención.

Este proyecto busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada a través de la promoción de un consumo saludable, brindando información nutricional simple y comprensible.

Puntualmente, la norma plantea la colocación de una serie de sellos frontales, que serían octógonos de color negro, en los envases de aquellos alimentos y bebidas con altos contenidos de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

“Esta ley no es contra nadie. Es a favor de todos los argentinos que tenemos el derecho de saber qué comemos y qué queremos que coman nuestros hijos”, afirmó una legisladora.

Si el proyecto es aprobado en Diputados, los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deberán cumplir con los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.

Además, en el caso de los productos con edulcorantes, tendrán que contener una leyenda precautoria, inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia, que indique que el mismo «no es recomendable en niños/as”.

Asimismo, se obligaría a las empresas a declarar el contenido cuantitativo de azúcares, entendiéndose como hidratos de carbono simples (disacáridos y monosacáridos), en el rotulado nutricional de los alimentos envasados para consumo humano.

Sin embargo, en el proyecto se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, sal de mesa, aceites vegetales y frutos secos.

Los productos deberán contener un sello en el que se advierta sobre los altos contenidos de ciertos ingredientes que pueden ser perjudiciales para la salud.

Según la iniciativa, los alimentos que contengan alguno de estos sellos de advertencia, no podrán incorporar adicionalmente información nutricional complementaria; logos o frases con el aval de sociedades científicas o asociaciones civiles; o personajes infantiles, animaciones, celebridades, deportistas, entre otros.

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