El programa COMPRA SIN IVA ha estado en vigor durante un mes, pero algunos usuarios han expresado su preocupación por no haber recibido el reembolso del 21% en sus compras.
En primer lugar, es crucial determinar si estás incluido en la población que será beneficiaria de este programa:
- Quienes cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales, que no excedan de 6 haberes mínimos.
- Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), hasta 6 haberes mínimos.
- Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
- Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual de hasta 6 veces el salario mínimo, vital y móvil, considerando la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
- Sean trabajadores o trabajadoras de casas particulares.
- Sean monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:
- Cargos públicos.
- El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
- Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
- Locación de bienes muebles o inmuebles.
Quienes quedan exlcuídos:
- Trabajadores autónomos.
- Tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no sean vivienda única.
Para poder corroborar estos datos AFIP creó un micrositio para hacer la consulta con el CUIL/CUIT https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
MONTO
Se reintegrará el 21% del importe total abonado, hasta el límite de $ 18.800 por mes y por beneficiario
CUENTA BANCARIA
- Solo se realizará el reintegro por las compras realizadas con la tarjeta asociada a la CBU informada en la AFIP.
- Para este programa se recibe información de diversos organismos, con el fin de nutrir las base de datos. Por este motivo, es posible que la CBU que la persona vea cuando realiza la consulta con clave fiscal, no sea la que está asociada a la tarjeta con la que está realizando las compras. Ante tal situación, se podrá empezar a usar la tarjeta asociada a dicha CBU o ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración de CBU” e informar una nueva.
- La nueva CBU declarada se incorporará al padrón en el próximo envío de información.
¿Cómo declarar una CBU?
- Ingresar a afip.gob.ar con clave fiscal -nivel de seguridad 3 o superior-
- Buscar el servicio “Declaración de CBU” e ingresar.
- Dentro del «Listado de CBU propias» podrá visualizar que CBU tiene registrada. Dicha CBU deberá coincidir con la cuenta bancaria que está utlizando para realizar las compras con su tarjeta de débito. Si está registrada la CBU de su banco, puede confirmar, aprentando en el ícono del lápiz «Modificar» que esté «Registrada para» «compra sin IVA»
- Si no esta registrada la CBU, puede cargar los 22 números de su banco con el cual pretende obtener el reintegro.
Si necesita de un paso a paso con imagenes, puede acceder a la guía «¿Cómo declaro la CBU?»