La medida, establecida mediante la Resolución General N° 5418/2023 publicada en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 20 millones de personas. A partir de esta norma, trabajadores y trabajadoras que cobren salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que perciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo. De momento estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
CÓMO ABONAR
Recibirán el equivalente al 21% de sus gastos realizados con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras. Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.
CUENTA DNI
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informó que Cuenta DNI se sumó de manera oficial al beneficio de la devolución del IVA en compras.
MERCADO PAGO
Desde la cuenta oficial de Twitter, Mercado Pago anunció que está ahderido al programa «Comprá sin IVA».
«¡Atención! Las compras que se cobren o paguen con tarjeta de débito a través del QR o los dispositivos de cobro de Mercado Pago participan del programa de reintegros “Compre sin IVA”. Si pagás con QR usando la tarjeta de débito que tengas asociada a la cuenta digital, vas obtener el beneficio hasta que cumplas el tope mensual de $18.800. El monto va a ser reintegrado en tu caja de ahorro durante las 48 horas posteriores al pago por el banco que haya emitido la tarjeta que utilizaste en la compra».
«Del mismo modo, el beneficio aplica si pagás con tarjeta de débito en un comercio que cobra con Point, el dispositivo POS de Mercado Pago. El programa Compre sin IVA contempla un régimen de reintegros del 21% para las compras que se hagan en comercios minoristas o mayoristas con tarjeta de débito».
QUÉ PRODUCTOS
El beneficio de devolución del 21% del monto final estará vigente para la adquisición en comercios minoristas y/o mayoristas de frutas, verduras, lácteos, panificados, carnes y el resto de los productos que componen la canasta básica, como los de higiene personal.
Con un tope mensual por persona de $18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT. El monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente a las 48 horas de realizada la operación. Cabe destacar que no habrá necesidad de realizar ningún tipo de trámite, ya que se activa de manera automática.
Como se aplica sobre el ticket final, no es excluyente de las promociones de las entidades bancarias. El esfuerzo fiscal de la iniciativa no afecta la coparticipación, ya que los recursos provienen de la partida presupuestaria asignada a tal efecto por el Ministerio de Economía.
CALCULADORA DEVOLUCIÓN DE IVA
Si deseas conocer la cantidad que te reembolsarán por tus compras, podés realizar el cálculo utilizando esta calculadora en línea de devolución de IVA. https://calcularsueldo.com.ar/calculadoras/devolucion-iva.html
CONSULTAR SI ESTOY INCLUÍDO
Para despejar dudas sobre quiénes estan o no incluídos, AFGIP lanzó una web para que puedas realizar la consulta con el número de CUIT O CUIL.
Se puede llegar a la misma googleando “Compre sin IVA – AFIP” y luego haciendo click en “nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros” o directamente ingresando al link en https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
Ingresá tu CUIT/CUIL sin espacios ni guiones y copia el código verificador, respetando mayúsculas, minúsculas y números.
BENEFICIARIOS
La medida beneficia a más de 2,3 millones de monotributistas “puros”, es decir, que no perciben ningún otro ingreso adicional, 440.000 trabajadoras de Casas Particulares, 7 millones de jubilados, pensionados y 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por otro lado, el universo de contribuyentes alcanzado abarca a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con sueldos inferiores a $708.000, y titulares de la Tarjeta Alimentar y del Potenciar Trabajo.
EXCLUÍDOS
Quedarán excluidos del programa los contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales, siempre que la misma no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
COMERCIOS
Los comercios minoristas y/o mayoristas deberán estar inscriptos ante esta Administración Federal con los códigos de actividad definidos para el Programa. Podrá verificar la actividad económica declarada por el comercio, ingresando su CUIT en la “Consulta de inscripción”.