La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) prohibió el uso y la distribución de varios alimenticios a través de disposiciones en el Boletín Oficial.
A raíz de un programa de monitoreo a una miel marca La Abeja Viajera realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), según la Disposición 3241/2018, la Anmat resolvió que el producto no cumple con la «legislación alimentaria vigente por lo que establece alerta alimentaria, su prohibición de elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final».
En ese sentido, se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «Miel Pura de Abejas», marca: La Abeja Viajera, contenido neto 250g, fecha de vencimiento 3/19, Prod. Apícolas: de Pablo Riva, Prod. y Elab.: Reconquista Santa Fe, como asimismo, de cualquier otro contenido neto y/o vencimiento.
Según lo publicado en la Disposición 3242/2018, mediante una orden de inspección de fiscalización de productos en la sede del comercio «Supermercado Alik» en la calle Vuelta de Obligado Nº 3358 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no se encontraron las facturas de la procedencia de la lavandina «Agua Lavandina Flor de Liz».
Después del procedimiento se concluyó que el producto se encontraba en infracción por no contar con registro alguno, por lo que se prohibió el uso y comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes del producto rotulado como: «Agua Lavandina Flor de Liz. Este producto es una solución de Hipoclorito de Sodio con una concentración de cloro activo de 55 g/l a la salida de la fabrica.»