Hasta el 20 de enero inclusive será el plazo para recategorizar. Aplica para que los inscriptos al régimen simple del monotributo y deberán computar de los últimos 12 meses de facturación para saber si se recategoriza su categoría, mantiene la misma o queda expulsado del régimen simple.
La recategorización podrá realizarse a través de la web de AFIP monotributo.afip.gob.ar
Un dato a tener en cuenta, es que con la nueva escala de valores de monotributoque entró en vigencia desde el 1 de enero de 2020 y con la que algunos contribuyentes bajarán de categoría, en este proceso.
La recategorización procede «sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en el desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar. Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría».
– El contribuyente debe ingresar al sitio web www.afip.gov.ar o descargarse en su teléfono móvil la APP “mi monotributo”
– Luego de ingresar su CUIT y clave fiscal, debe ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
– Luego visualizaran los datos que AFIP tiene de vos a título informativo.
– Continuando, encontraran la opción “Recategorizarme”
– Luego le pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido.
La recategorización es un trámite simple y necesario , ya que sino AFIP, no recategorizará de oficio. Sólo es necesario contar con los números de los últimos 12 meses. A decir verdad desde abril de 2019, la facturación online es obligatoria es casi todos los casos, es decir que AFIP, cuenta en mayor parte con nuestros datos y a la hora de realizar el trámite nos arrojará un número aproximado de nuestra facturación y gastos de los últimos 12 meses, por lo que nos agilizará el trámite.
GUIÁ PASO A PASO CÓMO RECATEGORIZAR
Ahora bien, tengamos en cuenta que la AFIP dio a conocer los nuevos valores de los pisos de las 11 categorías del Régimen simple.
Esto significa que, la recategorizacion de enero 2020, se realiza con estos nuevos parámetros y será una oportunidad invaluable para que los 3 millones de monotributistas no sufran el traspaso al régimen general.
Estos nuevos parámetros corresponden a la movilidad de jubilaciones y prestaciones sociales, aplicable también a las 11 categorías del régimen, actualizando los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar mensualmente tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional y de salud.
La nueva tabla de valores entrará en vigencia con fecha 1 de enero de 2020 y es aconsejable que se revise con cuidado para llevar a cabo el trámite de recategorización, en caso de corresponder, en ese mismo mes.
Estas serán los nuevos valores a partir de enero de 2020: