Las tabacaleras no fueron exceptuadas de la cuarentena y los kioscos no tendrán cigarrillos desde esta semana

Finalmente se extendió el DNU 297/2020 que aplica el «Aislamiento social, preventivo y obligatorio» en toda la República Argentina y será hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive. La Decisión Administrativa 490/2020 con las nuevas excepciones, no incluye la producción de tabaco. Los kioscos ya no tienen más cigarrillos y muchos se verán obligados a cerrar.

Desde el 20 de marzo que comenzó la cuarentena total, la producción de tabaco se encuentran frenada por no estar contemplada en servicios y productos esenciales. Según reportaron, el último stock fue distribuido la semana previa al feriado de pascuas.

Con la publicación del nuevo de Decreto de prórroga del aislamiento, fue ampliado el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20, aunque las tabacaleras no fueron incluidas. Desde esta semana comenzará el desabastecimiento total de cigarrillos en todos los kioscos.

Las principales competidoras solicitaron ser incluidas en el listados de excepciones, teniendo en cuenta que la actividad tabacalera es un motor de la economía a nivel regional y un dinamizador social en todas aquellas provincias en las que se produce tabaco. Provee empleo a más de 200.000 personas de manera directa, y son más de 1.000.000 personas las que dependen, directa e indirectamente, de la producción tabacalera.

El 80% del precio de un paquete de cigarrillos son impuestos, las tabacaleras recordaron que la parálisis de la actividad afecta al fisco. “Cada día en que los cigarrillos no salen de las fábricas industriales, dejan de ingresar $700 millones de pesos en impuestos: $90 millones corresponden al Fondo Especial del Tabaco (FET), $2 millones dejan de ser percibidos por las obras sociales sindicales y $610 millones dejan de ingresar en concepto de impuestos nacionales, coparticipación provincial y seguridad social».

DEPENDERÁ DE CADA GOBIERNO PROVINCIAL

La última oportunidad de resolver el desabastecimiento quedará en mano de los Gobiernos Provinciales, ya que la producción de tabaco se concentra en estas siete provincias: Jujuy, Salta, Misiones, Tucumán, Catamarca y Chaco.

El Artículo 2º del DNU 355/2020 dice que «El Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de los Gobernadores o de las Gobernadoras de Provincias o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EXCEPTUAR del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas, siempre que medien las siguientes circunstancias:

a. Que el Gobernador, la Gobernadora o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo requiera por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva.

b. Que, junto con el requerimiento, se acompañe el protocolo de funcionamiento correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad nacionales y locales».

Dicho esto la posibilidad de reanudar la producción dependerá pura y exclusivamente del Gobierno de cada provincia.

 

 

 

 

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