La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 4918/2021, publicada en el Boletín Oficial, estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante enero, febrero y marzo de 2021.
Esta medida se prolonga desde marzo de 2020 en el inicio del ASPO. La Resolución suspende hasta abril las exclusiones de monotributistas correspondientes a enero y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes.
Por otra parte, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. En este sentido, AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados hasta abril para proceder con exclusiones de oficio.