Qué prohíbe la Ley de Etiquetado Frontal | Capitán del Espacio y otras golosinas en la mira

Se aprobó el 26 de octubre la Ley de Etiquetado Frontal en Argentina, que tiene como objetivo principal promover y concientizar sobre la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.

Se propone colocar leyendas o sellos de forma octogonal para identificar la información. En ellos se deberá indicar el tipo de ingrediente que contiene. Por ejemplo «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías».

Si bien la ley fue promulgada y tiene 90 días para ser reglamentada, el texto del proyecto establece una serie de prohibiciones.

AVALES Y PATROCINIOS

En primer lugar, prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles.

PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN.

Además, prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.

CUALIDADES NUTRITIVAS

También se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.

PERSONAJES Y REGALOS

Por otro lado, se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.

Finalmente, se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito para este tipo de alimentos.

A diferencia de otras marcas que ya producen packagings alternativos para exportar a mercados donde rigen leyes de etiquetado similares a la que se aprobó ahora en la Argentina, Capitán del Espacio debería diseñar un envase nuevo.

KIOSCOS ESCOLARES

En el proyecto de ley también se estipula que el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.

La iniciativa, además, determina que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.

A su vez, la norma dice que el Estado nacional deberá priorizar las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

VIGENCIA

A partir de su entrada en vigencia, las empresas tendrán 180 días para adecuar sus productos, plazo que se extiende a un año para las pymes y, eventualmente, por 180 días más si fuesen considerados.

Lo cierto es que, cumplidos estos plazos o antes, será el momento del adiós para un ícono de las golosinas argentinas y del Sur del Conurbano bonaerense: el niño astronauta que ilustra el empaque de los alfajores Capitán del Espacio.

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