Mediante la Resolución General 5115/2021, AFIP prorrogó nuevamente los vencimientos para el recambio obligatorio de los controladores fiscales para el sector comercial y dividió los plazos según tamaño de empresa.
Los mencionados equipos de “vieja tecnología” podrán utilizarse según el cronograma que conforme a la cantidad de equipos homologados se detalla a continuación, debiéndose usar solo equipos de “nueva tecnología” a partir de las fechas indicadas para cada rango.
Este nueva Resolución publicada en el Boletín Oficial, beneficia a quienes posean tres o cuatro equipos, que tendrán tiempo hasta el 31 de enero de 2022 para realizar el recambio. En tanto, quienes posean uno o dos, cuentan hasta el 30 de abril para renovar los controladores fiscales.
La medida otorga más plazo a quienes posean una menor cantidad de equipos, como ocurre en general con los pequeños comercios.
La medida anterior había establecido como fecha límite, para quienes tuvieran entre 3 y 4 equipos, el 31 de diciembre de 2021, y para quienes tuvieran entre 1 y 2, la fecha estipulada era el 28 de febrero de 2022.
Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitados | Rango de fechas para el recambio obligatorio de “vieja tecnología» a “nueva tecnología”. |
CINCUENTA (50) o más | 1/05/2021 al 30/06/2021 |
Entre ONCE (11) y CUARENTA Y NUEVE (49) | 1/07/2021 al 31/08/2021 |
Entre CINCO (5) y DIEZ (10) | 1/09/2021 al 31/10/2021 |
TRES (3) o CUATRO (4) | 1/11/2021 al 31/01/2022 |
UNO (1) o DOS (2) | 1/01/2022 al 30/04/2022 |