En provincia de Neuquén se reglamentó la ley que establece la prohibición de exhibir alimentos ultraprocesados en las líneas de cajas de los supermercados, farmacias y autoservicios. A través del Decreto 254/2022, se estableció como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial de Protección al Consumidor.
La Ley Provincial Nº 3.224 busca promover la salud de las personas y establece intervenciones que estimulan mejores hábitos alimenticios, promoviendo particularmente la reducción del consumo calórico excesivo y de la ingesta de dulces en general.
Ley de ETIQUETADO FRONTAL de ALIMENTOS
En ese sentido, explicó que la reglamentación de la norma prohíbe a los supermercados, hipermercados, farmacias y otros comercios de modalidad de autoservicio la exhibición y oferta de alimentos ultra procesados, en filas y líneas de cajas registradoras, en proximidad a estas, y en accesos y salidas.
La Dirección Provincial de Protección al Consumidor será el encargado de reglamentar la distancia mínima de 3 metros, debidamente señalizada, entre los espacios o góndolas de exhibición de alimentos ultra procesados, y las líneas y filas de cajas registradoras y zonas de acceso y salida de los locales comerciales.