MONOTRIBUTO: AFIP lanza plan de pagos con tasas de interés más bajas y en hasta 84 cuotas

A partir del 29 de mayo, los contribuyentes tendrán la oportunidad de acceder a un plan de facilidades de pago para regularizar sus deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2023. Este plan les permitirá realizar el pago en un plazo máximo de 84 cuotas, con una tasa de interés más baja en comparación con otros planes disponibles.

La Resolución General 5361/2023 de la AFIP establece que la opción de adhesión estará disponible para contribuyentes desde el 29 de mayo hasta el 29 de septiembre de 2023. Es importante mencionar que este plan no incluye la condonación de intereses y multas, ya que no se trata de una moratoria.

QUÉ SE PUEDE REGULARIZAR

  • Componente impositivo, obra social y jubilación (Los 3 componentes del Monotributo).
  • Aportes al régimen de autónomos.
  • Intereses y multas de las obligaciones anteriores.
  • Impuestos como IVA, Ganancias, Bienes Personales (el cierre del ejercicio 2022 no se incluye porque no estaba vencido al 30 de abril) y otras obligaciones impositivas y de la seguridad social.
  • Multas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de estos tributos, comprendidas en el procedimiento para las infracciones, siempre que fueran formulados hasta el 30 de abril de 2023, inclusive, así como sus intereses.

EXCLUSIONES

  • Las retenciones y percepciones previsionales por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
  • Los aportes y contribuciones con destino al régimen de casas particulares.
  • Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  • Los anticipos y pagos a cuenta.
  • Los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de la Contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.
  • El IVA que se debe ingresar por:
    1. Importaciones de servicios.
    2. Prestaciones de servicios digitales.
    3. Prestaciones de servicios realizadas en el país por sujetos radicados en el exterior, incluso cuando el solicitante se trate de un responsable sustituto.
  • Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto los correspondientes a los contribuyentes adheridos al monotributo.
  • Las cuotas destinadas a las ART.
  • Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de monotributistas, devengadas hasta el mes de junio de 2004.
  • Los aportes y contribuciones con destino al RENATRE y al RENATEA.
  • El impuesto interno a los cigarrillos y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
  • Las obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago vigentes, excepto que surjan de un ajuste resultante de una acción fiscalizadora
  • Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago cuya caducidad opere a partir del 17 de mayo de 2023.
  • Los tributos y multas que surjan como consecuencia de infracciones al Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
  • Los intereses, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes, excepto los intereses sobre el capital cancelado de:
    • anticipos, pagos a cuenta, retenciones y percepciones
    • impuesto al valor agregado por importación de servicios, prestación de servicios digitales y prestaciones de servicios realizadas en el país por sujetos radicados en el exterior.

QUÉ PLANES HAY

Los tipos de planes de facilidades de pago se definirán en función de la obligación a regularizar:

a) Plan por deuda general: para deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas las correspondientes a los aportes previsionales de los trabajadores autónomos y monotributistas.

b) Plan por deuda de aportes de la seguridad social correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.

c) Plan por deuda de retenciones y percepciones impositivas.

d) Plan por deuda aduanera.

CÓMO ES EL PLAN DE PAGOS

Tipos de ContribuyentesCondicionesPLAN POR DEUDA GENERAL OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIALPLAN POR DEUDA DE APORTES DE LA SEGURIDAD SOCIALPLAN POR DEUDA DE RETENCIONES Y PERCEPCIONES IMPOSITIVASPLAN POR DEUDA ADUANERA
Pequeños Contribuyentes, Entidades sin fines de lucro, Micro, Pequeñas EmpresasCantidad máxima de cuotas84361284
Tasa de financiación (1)70 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO70 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO70 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO70 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO
Medianas Empresas tramo 1Cantidad máxima de cuotas4824648
Tasa de financiación (1)90 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO90 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO90 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO90 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO
Medianas Empresas tramo 2 y demás contribuyentesCantidad máxima de cuotas3618336
Tasa de financiación (1)100 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO100 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO100 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO100 % DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO
  • Cuotas. Mensuales y consecutivas con un monto mínimo de $ 2.000.
  • La cantidad máxima depende del tipo de contribuyente y el tipo de plan.

CÓMO ADHERIRME AL PLAN DE PAGO

Ingresar al sitio web de la Afip con clave fiscal. Buscar el servicio “Mis Facilidades”, opción “RG N° 5.361 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30 de abril de 2023”.

Las características, funciones y aspectos técnicos se pueden consultar en el micrositio Mis Facilidades.

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