AUTÓNOMOS: Estos son los valores desde el 15 de julio 2024

AFIP publicó los nuevos valores vigentes de los aportes a la seguridad social, para los trabajadores autónomos, que regirán desde el 15 de julio de 2024 con un aumento del 4,18% respecto a junio, en su anterior actualización. Los montos, son de aplicación para el período devengado correspondiente a dicho mes.

¿Cuáles son los medios de pago habilitados?

Los medios de pago habilitados son:

  • Cheque propio, financiero y cancelatorio
  • Transferencia electrónica de fondos
  • Tarjetas de crédito
  • Débito automático en cuenta bancaria
  • Billetera electrónica

Reintegro por cumplimiento de pago

Aquellos trabajadores autónomos que paguen en tiempo y forma su cuota mensual recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. El pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Categorías mínimas de revista

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte
I$38,723.82
II$54,212.52
III$77,446.98
IV$123,915.08
V$170,382.58

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial

CategoríaImporte
I’$42,354.18
II’$59,294.95
III’$84,707.63
IV’$135,532.12
V’$186,355.95

C) Afiliaciones voluntarias

CategoríaImporte
I$38,723.82

D) Menores de 21 años

CategoríaImporte
I$38,723.82

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

CategoríaImporte
I$32,673.22

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

CategoríaImporte
I$13,311.31

Categorías mínimas de revista, vigentes hasta febrero de 2007

A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

CategoríaImporte
A$30,203.44
B$37,077.40
B’$40,553.41
C$49,564.08
C’$54,210.72
D$74,153.08
D’$81,104.93
E$123,815.84
E’$135,423.57
F$173,188.42
G$247,536.40
G’$270,742.93
H$371,450.30
I$464,676.68
J$464,676.68

B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

CategoríaImporte
A$25,484.15

F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828

CategoríaImporte
A$10,382.43

Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos, (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones)

CategoríaImporte
I$121,011.94
II$169,414.12
III$242,021.79
IV$387,234.66
V$532,445.55
Fuente: AFIP