AUTÓNOMOS: AFIP anunció la prórroga del pago de aportes y de IVA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido extender el plazo para el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de las contribuciones personales de los trabajadores autónomos. Esta medida fue implementada siguiendo las directrices del Ministerio de Economía de la Nación, con el objetivo de impulsar el crecimiento y fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas.

Es importante tener en cuenta que esta prórroga no se aplica a individuos «que se desempeñen en la dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo (sujetos consignados en la Tabla I del Anexo II del Decreto N° 1.866)», aclará en su comunicado la AFIP.

Para estas personas, se ha establecido una fecha especial de vencimiento para el pago de sus contribuciones personales como trabajadores autónomos correspondientes al mes de septiembre de 2023. Este plazo especial expirará el 23 de octubre de 2023, sin importar el último número de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

Para el resto de los autónomos, los nuevos vencimientos de las obligaciones quedaron fijados de la siguiente manera:

a) Aporte personal de los trabajadores autónomos, cualquiera fuera la categoría que revistieren, correspondiente a los períodos:

SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
Terminación de CUITFecha de vencimiento de pago
0-1-2-35 de marzo de 2024
4-5-66 de marzo de 2024
7-8-97 de marzo de 2024
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
Terminación de CUITFecha de vencimiento de pago
0-1-2-35 de abril de 2024
4-5-68 de abril de 2024
7-8-99 de abril de 2024

b) Impuesto al valor agregado a ingresar correspondiente a los períodos fiscales:

SEPTIEMBRE Y OCTUBRE DE 2023
Terminación de CUITFecha de vencimiento de pago
0 y 118 de marzo de 2024
2 y 319 de marzo de 2024
4 y 520 de marzo de 2024
6 y 721 de marzo de 2024
8 y 922 de marzo de 2024
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2023
Terminación de CUITFecha de vencimiento de pago
0 y 118 de abril de 2024
2 y 319 de abril de 2024
4 y 522 de abril de 2024
6 y 723 de abril de 2024
8 y 924 de abril de 2024

Beneficio por débito directo y automático

El beneficio de acreditación anual que se otorga a los trabajadores autónomos que pagan mediante débito directo en cuenta bancaria y débito automático en tarjeta de crédito y que consiste en una suma equivalente hasta el importe total de su aporte personal mensual, correspondiente a su categoría de revista respecto de los aportes mensuales correspondientes al año 2023, se hará efectivo -con carácter excepcional- en el mes de mayo de 2024.

Vigencia

Estas disposiciones tienen vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, el día 26 de septiembre de 2023.

Medidas de alivio y fortalecimiento

Las medidas encargadas a la AFIP por el Ministerio de Economía buscan promover el crecimiento y desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, en reconocimiento del rol fundamental que ellas juegan para la economía de la Nación.

El micrositio Medidas de alivio presenta toda la información relativa a las medidas tomadas para el fortalecimiento de la actividad económica y del ingreso.