Como afectará a los KIOSCOS las retenciones de ingresos brutos en billeteras virtuales

A partir del 1 de octubre, la Provincia de Buenos Aires pondrá en marcha las retenciones en billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá o Modo y comenzarán a actuar como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB), igual que ya ocurre con los bancos.

Esto significa que cada vez que un kiosquero o comerciante reciba un pago en su billetera virtual, podría tener una retención automática del impuesto.

Qué dice ARBA

En su cuenta oficial de Twitter, ARBA aclaró que no es un nuevo impuesto, pero sí se aplicará la retención y a quiénes: “No hay ningún impuesto nuevo en la Provincia. Desde el 1° de octubre, las billeteras virtuales pasan a ser agentes de recaudación de Ingresos Brutos, igual que los bancos”.

✔ Solo aplica a contribuyentes registrados.
✔ Si no estás inscripto en Ingresos Brutos, no te retendrán nada.
✔ Si estás en el Régimen Simplificado (1,3 millones de personas en la Provincia), tampoco habrá retenciones.

ARBA también explicó que el objetivo es ordenar y dar equidad: hasta ahora a los contribuyentes que operaban con bancos se les aplicaban retenciones, pero los que usaban billeteras no. Con este cambio, todos tendrán el mismo tratamiento, algo que ya ocurre en 19 provincias del país.

¿Cómo impacta en kioscos y comercios?

  • Cada vez que un cliente pague con billetera, la acreditación puede venir con un descuento automático.
  • Ese monto se descuenta del impuesto que tenés que pagar mensualmente.
  • Si ya pagás un anticipo mensual, las retenciones se suman como crédito a cuenta.
  • Puede pasar que termines acumulando saldos a favor y tengas que esperar para usarlos.

El porcentaje que te pueden descontar depende de la alícuota que ARBA te asigne en el padrón. No es igual para todos:

  • Para contribuyentes bajo Convenio Multilateral (los que tributan en varias provincias):
    • Construcción: 0,10 %
    • Transporte de cargas o pasajeros: 0,50 %
    • Profesionales (abogados, contadores, etc.): 0,80 %
    • Rematadores, comisionistas o intermediarios: 0,01 %
    • Producción primaria e industrias: 0,30 %
    • Entidades financieras y seguros: 0 %
  • Para contribuyentes locales en Provincia de Buenos Aires:
    ARBA los ubica en un grupo con letras, y cada grupo tiene su porcentaje. Puede ir desde 0,01 % hasta 5 %, según la actividad y el riesgo fiscal que le asignen al contribuyente.

Este artículo es solo informativo y no reemplaza el asesoramiento profesional. Aunque contamos con la orientación de un contador, recomendamos consultar a un profesional para situaciones específicas. Agradecemos tu comprensión y te animamos a tomar decisiones bien informadas.