Al respecto, Hernán Fernández Bulgheroni, partner de AtlasGroup, firma especializada en la administración de bienes de compañías líderes, entre ellos los elementos publicitarios, explica que: “Si bien entendemos que el Código Fiscal porteño exceptúa claramente este tipo de publicidad, al momento de la sanción de la Ley Tarifaria para 2013, la Ciudad había incorporado este concepto, por lo cual la reciente aclaración aporta algunos puntos que podríamos considerar favorables respecto a esta inquietud”, detalla el asesor especializado en el encuadre impositivo de los materiales de comunicación en los puntos de venta.
Desde hace un tiempo, se venían realizando diversas gestiones con el fin de evitar que se impusieran en la Ciudad de Buenos Aires situaciones análogas a las que se dan en diferentes municipios del interior, donde operan firmas tercerizadas que gestionan el cobro de tasas por diferentes materiales publicitarios a pesar que los mismos no hacen uso del espacio público. Finalmente, en el caso porteño la incertidumbre empezó a disminuir parcialmente luego de la respuesta oficial de AGIP.
Entre los aspectos que en el ámbito empresarial fueron analizados favorablemente, se destaca que la publicidad interior no estaría alcanzada y que también estarían exentos los calcos ubicados en vidrieras referidos a productos o servicios que se venden o expenden en los comercios. Asimismo, otros elementos y los calcos de las tarjetas de créditos estarían alcanzados desde enero de 2013.
Entre los claroscuros de la nueva norma fiscal porteña, Fernández Bulgheroni advierte que: “Al no establecerse explícitamente que se trata de la publicidad ‘de marcas’ colocada en el interior o con calcos en la vidriera, esto también podría habilitar a generar algún reclamo absurdo, como ya ha ocurrido por esta interpretación en otros municipios. No obstante, entendemos que este documento será de gran valor si se llegara a una instancia judicial”, subraya.