Registro para la comercialización de bebidas alcohólicas en CABA

Toda persona física o jurídica que efectúe la distribución, suministro, venta, expendio a cualquier título, depósito y/o exhibición, de bebidas alcohólicas, deberá inscribirse en el Registro, de acuerdo a la actividad o actividades que vaya a desarrollar.

Es requisito para la inscripción, que el local o establecimiento cuente con la habilitación comercial o trámite de habilitación iniciado, que le permita la comercialización de bebidas alcohólicas.

El registro te brinda una licencia para comercializar bebidas alcohólicas que dura 1 año. La misma, es personal e intransferible y es otorgada a nombre del titular quién debe coincidir con el titular de la habilitación del establecimiento donde se ejerce la actividad.

Tipos de Licencias

  • Licencia Tipo A: Fabricación, Venta Mayorista, distribución y/o depósito. Corresponde a los locales que efectúan venta mayorista, distribución y el depósito eventual de bebidas alcohólicas
  • Licencia Tipo B: Expendio. Corresponde a los locales que efectúan la venta minorista de bebidas alcohólicas para su consumo fuera del establecimiento entre las 8 y las 22 horas.
    • B1 Expendio en locales de hasta 100 m2
    • B2 Expendio en locales de hasta 500 m2
    • B3 Expendio en locales de más de 500 m2
  • Licencia Tipo C: Suministro. Corresponde a los locales que efectúan la venta minorista de bebidas alcohólicas, sean estas envasadas o fraccionadas, para su consumo dentro del establecimiento entre las 10 y las 5 horas del día posterior.

La inscripción se realiza a través del portal de Trámites a Distancia (TAD) del Gobierno de la Ciudad, utilizando tu Clave Ciudad.

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