Redacción: infokioscos®
La regulación sobre la venta de bebidas alcohólicas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece restricciones tanto de horario como de permisos específicos según el tipo de establecimiento. Acá te detallamos la información más relevante:
Horarios permitidos
En comercios, como kioscos, maxikioscos y supermercados, con habilitación para alcohol, la venta está prohibida entre las 23:00 y las 08:00 horas. Esta normativa busca limitar el acceso en horarios nocturnos y prevenir el consumo indebido de alcohol
Los locales gastronómicos, como bares y restaurantes, pueden vender bebidas alcohólicas durante sus horarios habilitados, siempre que se consuman dentro del establecimiento.
Si tenés un café, un bar o un restaurante, tenés que inscribirte en el Registro de Establecimientos gastronómicos en, «Trámites a Distancia» de la Ciudad de Buenos Aires. O si no también personalmente, solicitando turno previo por mail a registroentur@buenosaires.gob.ar.
Requisitos para kioscos
Los kioscos que deseen vender alcohol deben cumplir con los siguientes puntos:
- Habilitación específica: Es necesario contar con una licencia que permita la comercialización de bebidas alcohólicas. Sin esta habilitación, la venta se considera ilegal y puede ser sancionada con multas o clausuras.
- Cumplimiento de la normativa horaria: Aún con habilitación, están sujetos a las restricciones horarias antes mencionadas.
- Venta responsable: La ley prohíbe estrictamente la venta de alcohol a menores de 18 años. El incumplimiento puede derivar en sanciones severas, como arrestos o inhabilitación del comercio.
Excepciones
En eventos masivos (deportivos, artísticos), la venta de alcohol dentro del perímetro o en las instalaciones está regulada de manera específica, restringiéndose a ciertos horarios y condiciones. Esto incluye permisos adicionales otorgados por las autoridades.
Deliverys
Para la modalidad de envío a domicilio (delivery), la entrega queda restringida al horario de 8 a 24 hs.