
AFIP notificó a 24.000 contribuyentes que están en condiciones de ser excluidos del monotributo y pasar al Régimen General ya que, por ejemplo, sus ingresos brutos excedieron los límites establecidos o registraron ventas con tarjetas que superaron los máximos previstos en la norma.
El trámite puede realizarse voluntariamente hasta el 31 de diciembre con una menor carga tributaria y administrativa y a la reducción de los costos tributarios que fueron establecidos por la ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.
«La normativa generó un puente entre el régimen simplificado y el régimen general con la intención de facilitar la transición aliviando la diferencia de la carga tributaria que existe en ambos universos», aseguraron desde la AFIP, a la vez que remarcaron que «los beneficios son mucho más significativos para aquellos que pasan voluntariamente al régimen general».
BENEFICIOS
A partir de la sanción de la ley, todos los monotributistas que se convierten en autónomos experimentan una reducción significativa en la carga tributaria que consiste en créditos fiscales para IVA y gastos deducibles para Ganancias de hasta un 50% del monto tope de ingresos del monotributo.
Aquellas personas que realicen el cambio hasta el 31 de diciembre de 2021, experimentarán beneficios fiscales adicionales durante tres años. A lo largo de ese período gozarán de una reducción del saldo deudor que surja de la diferencia entre el débito y el crédito fiscal en cada período.
Según precisaron, el beneficio adicional se aplica a partir del primer mes del año siguiente a la exclusión o renuncia del monotributo: será del 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.
Para llevar adelante la modificación de la condición tributaria y acceder a los beneficios, los contribuyentes deben ingresar al portal de monotributo en monotributo.afip.gob.ar.