La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que ha decidido extender el plazo para la recategorización del monotributo, fijando la nueva fecha límite para el 2 de agosto. Esta prórroga permite a los contribuyentes contar con más tiempo para completar el trámite, en línea con las disposiciones de la Ley 27.743, la cual introduce nuevos montos de facturación y otros beneficios tributarios.
El proceso de recategorización, que deben realizar los monotributistas cada seis meses, evalúa si los ingresos de los últimos 12 meses justifican un cambio de categoría. Si el monotributista debe mantenerse en la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite adicional.
Los cambios resultantes de la recategorización afectarán el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025.
Según la Resolución General N° 5523/2024 de la AFIP, la fecha límite para completar la recategorización es ahora el 2 de agosto. La ampliación de los montos máximos de facturación aprobada mediante la ley permitirá que más monotributistas permanezcan en sus categorías actuales sin necesidad de pasar al régimen general.
La AFIP informará la disponibilidad del sistema para iniciar la recategorización a través de su página web.