A partir de ahora comenzará el 20 de cada mes. Es para que evitar que la obligación se superponga con otros vencimientos y compromisos financieros que puedan tener los contribuyentes
De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos considera que «los contribuyentes podrán cancelar su obligación, sin la necesidad de que le corran los intereses por mora, producto del pago fuera de término».
La medida se publicará en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 2819 y entrará en vigencia este mes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la fecha del vencimiento del pago del Monotributo, pasándola del 7 al 20 de cada mes.La Resolución General también prevé un cambio en el vencimiento de la presentación de la recategorizarción cuatrimestral que tienen los contribuyentes durante los meses de mayo, septiembre y enero. Esta medida sólo alcanza a quienes hayan sufrido modificaciones en los parámetros de encuadramiento en una determinada categoría.
La AFIP tomó la decisión luego de evaluar los comportamientos de los contribuyentes lo que le permitió verificar que menos del 50% de los monotributistas abona el pago del monotributo mensual en término, mientras que el resto lo hace antes de fin de mes. Igualmente es para destacar que los monotributistas tienen un índice de cumplimiento cercano al 80 por ciento.
Cabe señalar que el Régimen de Monotributo aglutina en su mayor parte a pequeños contribuyentes, los que deben planificar su cronograma de vencimientos y compromisos de pago, no sólo impositivos, sino también los que hacen a su vida privada (pago de alquileres, de expensas, de servicios, prepagas, etc.). Es posible que éstos sean los fundamentos principales por los que ellos opten por postergar un par de semanas el pago de la obligación.
Fuente: Infobae