AFIP extiende el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 9 de agosto

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha decidido otorgar más tiempo a los monotributistas para que realicen la recategorización correspondiente. La nueva fecha límite para completar este trámite obligatorio será el 9 de agosto de 2024.

Este proceso es fundamental para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado, ya que les permite ajustar su categoría de acuerdo a los ingresos obtenidos en los últimos 12 meses. Si no es necesario un cambio de categoría, no tendrán que realizar ninguna gestión adicional.

¿Qué implica la recategorización?

La recategorización es un paso esencial que se debe realizar cada seis meses. En esta ocasión, las nuevas categorías y montos de facturación se han ajustado según lo dispuesto por la Ley 27.743, la cual también incluye otros beneficios tributarios.

Las obligaciones de pago resultantes de este trámite tendrán vigencia desde el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de enero de 2025. Los contribuyentes tendrán hasta el 28 de agosto de 2024 para cumplir con las obligaciones de pago mensual, que incluyen el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales.

¿Por qué es importante este cambio?

Con la aprobación de la nueva ley, se han ampliado los montos máximos de facturación para todas las categorías, lo que permite que más monotributistas permanezcan dentro del régimen simplificado sin necesidad de pasarse al régimen general.

Este cambio, dispuesto por la Resolución General N° 5534/2024, busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes y asegurar que puedan cumplir con sus obligaciones de manera más accesible.

Categ.Ingresos
brutos (*)
Sup.
Afectada (**)
Energía
eléctrica
consumida
anualmente
Alquileres
devengados
anualmente
Aportes
al SIPA
(***)
Aportes
obra
social
(****)
Locaciones
y prestaciones
de servicios
Venta de
cosas
muebles
Locaciones
y prestaciones
de servicios
Venta de
cosas
muebles
A$6.450.000Hasta
30 m2
Hasta
3330 Kw
$1.500.000$3.000$3.000$9.800$13.800$26.600,00$26.600,00
B$9.450.000Hasta
45 m2
Hasta
5000 Kw
$1.500.000$5.700$5.700$10.780$13.800$30.280,00$30.280,00
C$13.250.000Hasta
60 m2
Hasta
6700 Kw
$2.050.000$9.800$9.000$11.858$13.800$35.458,00$34.658,00
D$16.450.000Hasta
85 m2
Hasta
10000 Kw
$2.050.000$16.000$14.900$13.043,80$16.400$45.443,80$44.343,80
E$19.350.000Hasta
110 m2
Hasta
13000 Kw
$2.600.000$30.000$23.800$14.348,18$20.000$64.348,18$58.148,18
F$24.250.000Hasta
150 m2
Hasta
16500 Kw
$2.600.000$42.200$31.000$15.783$23.000$80.983,00$69.783,00
G$29.000.000Hasta
200 m2
Hasta
20000 Kw
$3.100.000$76.800$38.400$22.096,20$24.800$123.696,20$85.296,20
H$44.000.000Hasta
200 m2
Hasta
20000 Kw
$4.500.000$220.000$110.000$30.934,68$29.800$280.734,68$170.734,68
I$49.250.000Hasta
200 m2
Hasta
20000 Kw
$4.500.000$437.500$175.000$43.308,55$36.800$517.608,55$255.108,55
J$56.400.000Hasta
200 m2
Hasta
20000 Kw
$4.500.000$525.000$210.000$60.631,97$41.300$626.931,97$311.931,97
K$68.000.000Hasta
200 m2
Hasta
20000 Kw
$4.500.000$735.000$245.000$84.884,76$47.200$867.084,76$377.084,76
Fuente: AFIP

No olvides: Tenés tiempo hasta el 9 de agosto para completar tu recategorización. ¡No dejes pasar esta oportunidad!