
Desde el 15 de febrero de 2025, ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) ha establecido nuevos valores para los aportes a la seguridad social de los trabajadores autónomos. Esta actualización incluye un aumento del 2,70% respecto a los montos de febrero de 2025. A continuación, detallamos los nuevos valores y cómo afectan a las diferentes categorías de trabajadores.
Nuevos aportes para trabajadores autónomos en 2025
Los montos a pagar para las distintas categorías de trabajadores autónomos han sufrido modificaciones significativas. Aquí te presentamos los importes actualizados, que entraron en vigencia desde el 15 de febrero de 2025:
Aportes mensuales para trabajadores autónomos
Aquí tienes la tabla con los encabezados:
Categorías | Importe |
---|---|
I | $49.053,32 |
II | $68.673,58 |
III | $98.105,78 |
IV | $156.969,16 |
V | $215.831,74 |
Aportes para trabajadores con actividades penosas o riesgosas (régimen previsional diferencial)
Categorías | Importe |
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I’ (I prima) | $53.652,06 |
II’ (II prima) | $75.111,73 |
III’ (III prima) | $107.303,19 |
IV’ (IV prima) | $171.685,02 |
V’ (V prima) | $236.065,96 |
Aportes para afiliaciones voluntarias
Categoría | Importe |
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I | $49.053,32 |
Aportes para menores de 21 años
Categoría | Importe |
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I | $49.053,32 |
Aportes para beneficiarios de prestaciones previsionales
Categoría | Importe |
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I | $41.388,74 |
Aportes para amas de casa (aporte reducido según la Ley Nº 24.828)
Categoría | Importe |
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I | $16.862,08 |
Categorías vigentes hasta febrero de 2007
Además de los nuevos valores, ARCA mantiene vigentes los siguientes importes para las categorías previas hasta febrero de 2007:
Categorías | Importe |
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A | $38.260,14 |
B | $46.967,72 |
B’ | $51.370,95 |
C | $62.785,20 |
C’ | $68.671,31 |
D | $93.933,24 |
D’ | $102.739,48 |
E | $156.843,43 |
E’ | $171.547,50 |
F | $219.386,04 |
G | $313.566,16 |
G’ | $342.962,98 |
H | $470.533,82 |
I | $588.628,12 |
J | $588.628,12 |
Aportes para beneficiarios de la Ley Nº 24.241 hasta febrero de 2007
Categoría | Importe |
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I | $32.281,99 |
Aportes para amas de casa hasta febrero de 2007
Categoría | Importe |
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I | $13.151,92 |
Medios de pago habilitados por ARCA
Billeteras Virtuales:
- Mercado Pago
- Cuenta DNI
- BNA+
- Interbanking
Podés pagar escaneando el código QR o ingresando manualmente los datos del VEP (CUIT y número de VEP). También podés abonar importes preestablecidos (“facturables”) correspondientes al mes en curso.
Transferencia Electrónica de Fondos:
- Generá un VEP en el sitio de ARCA y paga a través de código QR o entidades como Interbanking, Pago Mis Cuentas, Red Link, o desde el portal de pagos de Provincia NET.
Homebanking:
- Paga el VEP o “facturables” a través de homebanking (Red Banelco, Red Link, etc.). Podés hacerlo sin clave fiscal accediendo desde la opción «Servicios ARCA» en tu banco.
Cajeros Automáticos:
- Redes Banelco y Link permiten el pago de la cuota mensual mediante “facturables” (sin incluir intereses).
Tarjetas de Crédito:
- Pago a través de internet, telefónicamente, o mediante débito automático. Las tarjetas habilitadas incluyen Argencard, Mastercard, CABAL, y VISA.
Débito Automático en Cuenta Bancaria:
- Adhiere a través de tu banco o telefónicamente para el pago automático.
Billetera Electrónica ARCA:
- Accedé desde el servicio “Carga Billetera ARCA” o “Sistema de Cuentas Tributarias” para cargar saldo y pagar obligaciones (capital + interés).
Reintegros por pagos puntuales
Los trabajadores autónomos que paguen su cuota mensual a tiempo recibirán un reintegro equivalente al impuesto integrado mensual. Este importe será acreditado automáticamente en sus cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas.