MONOTRIBUTISTAS | Cómo realizar la CATEGORIZACIÓN RETROACTIVA a enero 2021

La Resolución General 5003 de la AFIP publicada en el Boletín Oficial, instrumenta la actualización de las categorías a ingresar por los monotributistas, que tendrán vigencia retroactiva a enero de 2021.

Los nuevos valores, con un aumento del 35%, de las categorías de monotributo fueron actualizados de acuerdo a la variación del haber mínimo garantizado. La actualización de los parámetros y los nuevos valores de las categorías a ingresar –impuesto integrado y cotizaciones previsionales-, tendrán efectos a partir del período enero de 2021.

Esto quiere decir que la diferencia económica entre los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo deberá abonarse, a pesar que la demora en la actualización de valores, no es del contribuyente, AFIP ha generado una «deuda» involuntaria.

Aquellos que queden con deudas podrán abonar en cuotas hasta el 20 de julio. En tanto, a quienes hayan pagado de más se les permitirá computar ese moto para pagar los futuros vencimientos venideros. Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio en el portal Monotributo de la AFIP.

Mientras el portal de Mi Monotributo de AFIP (monotributo.afip.gob.ar o en la APP), tiene habilitada la opción de poder realizar una nueva «Categorización retroactiva a enero 2021» y tenés tiempo hasta el 25 de junio.

Con esto vas a poder cargar lo facturado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, y encuadrar los Ingresos Brutos anuales en la nueva tabla de valores.

EJEMPLO

El contribuyente que durante 2020 estaba en categoría C (hasta $417.478,51 anuales) con una facturación anual de $385.000 y una cuota mensual de $ 2.499,91 por mes, con la nueva tabla de valores pasará a una categoría B (hasta $423.667,03) y abonará una cuota mensual de $2.958,95. Este contribuyente tiene una diferencia de $459,04, en total $2.295.

Las diferencias en concepto de impuesto integrado, cotización previsional y obra social, en virtud de la actualización de los valores de las obligaciones mensuales y/o de la categoría, correspondientes a los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2021, podrán ingresarse a través de alguna de las distintas modalidades de pago disponibles hasta el día 20 de julio de 2021.

Los pequeños contribuyentes podrán regularizar las diferencias a través del Plan de Pagos Permanente, establecido por la Resolución General N°4268. Para ello deberán ingresar con clave fiscal al servicio “Mis Facilidades”, opción ‘‘R.G. N° 4268 Plan de Financiación Permanente’’.

Las diferencias podrán consultarse desde el 1 de julio de 2021 en el portal “Monotributo” seleccionando la opción “Estado de cuenta” o ingresando al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, accediendo con Clave Fiscal.

CATEGORIZACIÓN RETROACTIVA 2021

Los monotributistas podrán solicitar la modificación de la referida categoría hasta el día 25 de junio de 2021Para ello, deberán ingresar con clave fiscal al Portal Monotributo y seleccionar la opción ”Categorización Retroactiva 2021”. En caso de no realizar este procedimiento, se considerará aceptada la categoría asignada.

Aquellos monotributistas que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, deberán solicitar la modificación de la categoría asignada, hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive, a fin de que le sean debitadas las obligaciones por los importes correspondientes.

PASO 1 MODIFICAR CATEGORÍA

PASO 2 MODIFICAR «MONTO FACTURADO ENTRE EL 01/01/2020 Y 31/12/2020

PASO 3 CONFIRMAR CATEGORÍA

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